Antes de comenzar una actividad económica o empresarial, o cuando se modifica, hay que informar a la Agencia Tributaria.
Un trámite, la declaración censal, que se realiza con el modelo 036. Con ella comunicamos, no solo el comienzo de una actividad, sino nuestras obligaciones tributarias.
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Por todo ello, las personas o empresas que desarrollen o vayan a realizar una actividad profesional o empresarial deben comunicarlo a través de este modelo. También tendrán que hacerlo si obtienen rendimientos sujetos a retención. A continuación aclaramos las dudas más comunes.
¿Modelo 036 o 037?
El modelo más genérico y relevante es el modelo 036, pero también existe la posibilidad de hacerlo a través del modelo 037. ¿Quién puede utilizar cada uno? ¿En qué se diferencian?
[hde_summary] El modelo 037 se centra en especial en pequeños negocios y establecimientos con tributación más sencilla [/hde_summary]
En primer lugar, es importante señalar que optar por el modelo 037 es opcional. Todo empresario o autónomo puede usar el modelo 036 en cualquier circunstancia. Lo que sí se permite es elegir el modelo 037, que contiene menos campos a completar, en determinados casos, siempre que se cumplan una serie de requisitos:
- Que no sean grandes empresas, que no actúen por representante, que su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa y que no estén incluidos en regímenes especiales del IVA, salvo el de agricultura, ganadería, pesca y recargo de equivalencia.
- Tampoco pueden utilizarlo quienes estén inscritos en el registro de operadores intracomunitarios, realicen adquisiciones intracomunitarias o realicen la devolución mensual del IVA.
- Del mismo modo, no podrán usar el modelo 037 aquellos sujetos a Impuestos Especiales o al de Primas de Seguros.
En definitiva, el modelo 036 vale para todos y el 037 se centra en especial en pequeños negocios y establecimientos con tributación más sencilla.
Causas de presentación del modelo 036
El modelo 036 sirve para tres escenarios distintos: el alta como empresario o profesional, la baja y un gran número de modificaciones.
[hde_summary] Toda empresa o autónomo deben tener siempre al día el modelo 036, incluyendo cualquier cambio en su actividad económica [/hde_summary]
Este es un punto fundamental. Podemos decir que el 036 es un modelo tributario ‘vivo’ al que hay que informar de cualquier cambio para evitar incidencias con una nueva presentación.
El primer paso que harán los autónomos y empresas será el alta. Aquí hay dos posibilidades: el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, opción para todos aquellos que tengan Número de Identificación Fiscal (NIF), o, si no se tiene, como las empresas de nueva creación, para solicitar también el NIF provisional.
En el caso de baja, tan solo hay que señalar esta opción y, además, incluir la razón por la que se presenta.
Más variadas son las causas para modificación. Estas van desde pedir un NIF definitivo tras tener uno provisional a modificar domicilios fiscales, administrativos o direcciones electrónicas o teléfono de contacto y los cambios de representante.
De gran trascendencia son las modificaciones económicas. En esta categoría se incluye cualquier cambio relativo a locales o actividades económicas, o el paso a gran empresa si se facturan más de seis millones de euros.
El último grupo es el que define la tributación en los distintos impuestos: IVA, IRPF, Impuesto de Sociedades, Impuesto de No Residentes y obligaciones de retenciones. También se incluyen solicitudes de operador intracomunitario, devolución mensual del IVA o comunicación y renuncia de llevanza de libros.
Cómo rellenar el modelo 036
Este gran número de posibilidades conlleva que el modelo 036 incluya muchas opciones en sus nueve páginas. Por supuesto, no hay que rellenar todas, solo los apartados que necesitamos cumplimentar. Incluir la información es sencillo. La complejidad está en saber qué casillas hay que rellenar, en especial las referentes a obligaciones tributarias.
Identificación fiscal y actividades
En la primera solo tendrás que identificarte y especificar las razones, entre las señaladas anteriormente, por las que presentas el modelo 036.
La segunda página tiene tres apartados. Según sea la naturaleza jurídica de quien lo presenta, deberá optar por una opción determinada. Para personas físicas (autónomos) será la 2.A, para persona jurídica (empresa) será la 2.B y para establecimiento permanente será la 2.C.
En la tercera página se identifica a los representantes de la empresa. Es importante incluir a administradores y apoderados, incluyendo siempre el tipo de representación.
La página cuatro es la dedicada a la declaración de actividades económicas y locales. Lo importante de este apartado es incluir de forma exacta todas las diferentes actividades y el lugar donde se desarrollan.
Obligaciones fiscales
Las páginas cinco a la ocho son las más complejas. En ellas se especifican las obligaciones fiscales por los distintos impuestos a los que un autónomo o empresario está sujeto y que pueden variar según la actividad.
La página cinco es la destinada al IVA. Se debe informar sobre las obligaciones de presentación, fecha de inicio de la actividad y régimen tributario.
De forma análoga se presentan en las páginas seis, siete y ocho las obligaciones fiscales con el IRPF, Impuesto de No Residentes (página seis), las retenciones e ingresos en cuenta (página siete) y la relación con socios o partícipes de la empresa y sociedades (página ocho).
La página nueve es la destinada a señalar la baja de actividad o del censo de empresarios.
Presentación del modelo 036
En un momento en el que la Agencia Tributaria obliga a presentar casi todos los modelos por vía telemática, el modelo 036 es una excepción. Al tener como una de las causas principales el inicio de actividad, sin tener NIF ni certificado digital se tiene que presentar en papel.
Así, para obtener el impreso, se puede solicitar en la oficina de la Agencia Tributaria o, de forma más sencilla, rellenar online y luego descargarse el fichero en PDF. Una vez impreso y firmado, puede presentarlo.
Esta presentación debe realizarse mediante entrega directa en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del titular de la declaración en el momento de la presentación o en la Unidad Regional de Gestión de Grandes Empresas correspondiente. También se puede enviar por correo certificado a dichas oficinas.
Presentación telemática del modelo 036
Cuando ya se dispone del NIF, existe la posibilidad de hacerlo de forma telemática. En este caso, se puede realizar con certificado electrónico, DNI electrónico o el sistema de validación previa cl@ve PIN.
Cuando la presentación electrónica la realicen apoderados o colaboradores sociales autorizados, serán estos quienes deberán disponer de su certificado electrónico reconocido.
Si ha optado por presentarlo de forma telemática, aunque siempre puede consultar el documento, es conveniente guardar el modelo en PDF, ya que es fundamental para realizar un gran número de trámites.
Imágenes | Elaboración propia