La Agencia Tributaria ya ha publicado el calendario del contribuyente para la presentación de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021. Como cada año, hay una serie de fechas clave en este calendario que debemos tener en cuenta. Además, esta nueva campaña de la Renta y del Patrimonio trae algunas novedades, como los cambios en los tramos del IRPF para las rentas altas.
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Presentación de la renta por internet
Desde el 6 de abril los contribuyentes podrán presentar las declaraciones del IRPF y patrimonio a través de internet. El plazo acabará el 30 de junio. Eso sí, hay que tener en cuenta que, para aquellas con resultado a pagar y domiciliación bancaria, el plazo expirará el 27 de junio.
Se trata de la modalidad más usada, a la que recurren ya 9 de cada 10 contribuyentes. Y es que en el ejercicio anterior, la gran mayoría (20 045 000, más del 92 % del total) prefirió presentar sus declaraciones por internet, tanto a través de la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) como de su aplicación móvil.
Una vez tengamos acceso al borrador de la renta, conviene repasar con minuciosidad los datos que aparecen en él, pues puede haber algún error o quizás sea necesario actualizarlos. En lo que se refiere a los autónomos, hay que poner todavía más atención: Hacienda no suele contener todos los datos relacionados con las actividades económicas y, en ese caso, deberán incluirse.
Presentación de la renta por teléfono
De preferir la vía telefónica, las declaraciones se podrán presentar entre el 5 de mayo y el 30 de junio.
Ahora bien, es necesario pedir cita previa tanto por internet en la página web de la Agencia Tributaria como llamando a los teléfonos 901 12 12 24 / 91 535 73 26. Es algo que podrá hacerse desde el 3 de mayo y hasta el 29 de junio. El contribuyente tendrá que elegir horario de mañana o tarde, el sistema le propondrá una fecha y será la Agencia Tributaria la que se ponga en contacto con él en el día y hora acordados.
Presentación de la renta de forma presencial
Quienes opten por hacer la declaración acercándose a una de las oficinas de la Agencia Tributaria, los plazos serán más cortos: del 1 al 30 de junio, coincidiendo con el periodo ordinario de la campaña.
En esta modalidad también es indispensable pedir cita previa por internet en la web de la Agencia o llamando a los números 901 22 33 44 / 91 553 00 71. El plazo para hacerlo es desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio.
Fechas de la campaña de la renta 2021-2022
Fecha | Evento |
6 de abril de 2022 | Arranca la campaña de la renta 2021-2022 con la presentación por internet de las declaraciones del IRPF. |
3 de mayo de 2022 | Ya se puede pedir cita previa para ser atendido por teléfono. |
5 de mayo de 2022 | Empieza el plazo para confeccionar la declaración por vía telefónica. |
26 de mayo de 2022 | Se puede solicitar cita para hacerla en oficinas de la AEAT. |
1 de junio de 2022 | Las oficinas de la Agencia Tributaria ya atienden para la campaña de la renta. |
27 de junio de 2022 | Finaliza el plazo para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria. |
30 de junio de 2022 | Acaba la campaña de la renta 2021-2022. |
Principales novedades en la declaración de la renta 2021/2022
Entre las principales novedades del IRPF de 2021 destaca el alza del impuesto para las rentas a partir de 300 000 € y para los patrimonios de más de 10 millones de euros.
Así, aumenta en dos puntos el tipo estatal que grava las rentas del trabajo de más de 300 000 €, hasta el 47 %, y en tres puntos el que grava las rentas de capital de más de 200 000 €, hasta el 26 %. Esta medida afectará a un número reducido de 36 194 contribuyentes (0,17 % del total), con un impacto de 491,4 millones de euros (144 millones en 2021 y 346 millones en 2022), según las estimaciones del Ministerio de Hacienda.
En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio, se introduce un alza del 1 % para patrimonios de más de 10 millones de euros, hasta un tipo del 3,5 %.
Además, se reducen las desgravaciones de los planes de pensiones privados individuales a 2000 € como aportación máxima. Por otro lado, los planes de empresa incrementan el límite conjunto de reducción de 8000 a 10 000 € para potenciar las aportaciones empresariales y minimizar la regresividad de los beneficios.
Asimismo, en el marco de las medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, la Agencia Tributaria pone el ojo a partir de este año en las operaciones con criptomonedas, consciente de que cada vez son más habituales, tanto las realizadas en territorio nacional como fuera de nuestras fronteras. De esta forma, las criptomonedas deberán ser declaradas y aquellas que se tengan en el extranjero deberán incluirse en la Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero (modelo 720).
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