En 2019 entró en vigor el Real Decreto-Ley 8/2019, que obligaba a todos los trabajadores a hacer un registro con el objetivo de reducir las horas extras no pagadas. <!–more–> Al mismo tiempo, se establecieron infracciones graves para aquellas empresas que lo incumpliesen, con multas que van desde 626 € hasta 6250 €.
Sin embargo, en marzo de 2020 llegó la pandemia, y la mayoría de trabajadores se vieron obligados a teletrabajar para frenar la expansión del coronavirus. Desde entonces, algunas empresas han mantenido este modelo de trabajo, pero con ciertas dudas sobre cómo cumplir con esta normativa.
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Registro horario en el teletrabajo: ¿qué dice la ley?
La legislación en materia de registro horario aplica a la totalidad de trabajadores sin excepción. De hecho, el Real Decreto no establece ninguna excepción en función del modelo de trabajo empleado. Es decir, los trabajadores en remoto también deben registrar su jornada laboral. Hay que recordar que se considera que un trabajador se encuentra bajo la modalidad del trabajo a distancia o teletrabajo cuando al menos un 30 % de su jornada laboral se desarrolla en remoto.
Además, el artículo 14 del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia también deja claro que el sistema de registro horario deberá reflejar con fidelidad el tiempo que la persona trabajadora dedica a la actividad laboral. Es obligatorio incluir, entre otros, el momento de inicio y finalización de la jornada.
Por si fuera poco, ya existe jurisprudencia al respecto. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó la condena a una empresa a pagar las horas extras de uno de sus empleados que trabajaban en remoto por no haber llevado registro horario de su jornada. La empresa alegaba que no se había establecido ninguna medida de control para no interferir en el derecho a la intimidad de su empleado y la inviolabilidad del domicilio, pero los argumentos no fueron suficientes. Al fin y al cabo, la obligatoriedad del registro horario corresponde al empleador, que debe poner los medios necesarios para cumplir con ella.
Qué indicar en el registro horario del teletrabajo
Como es evidente, aquellas personas que trabajan desde casa no tienen tornos para fichar. Y no es posible establecer un control sobre entradas o salidas como en una oficina. En este caso, los trabajadores deben utilizar una aplicación específica donde se registre su jornada, en la que deben indicar, entre otras cosas:
- Registro de descansos: los descansos deben descontarse del tiempo trabajado, también en la modalidad de teletrabajo.
- Horas extras: si el trabajador alarga su jornada, su responsable directo deberá tener constancia y estas horas extra deben constar en la aplicación.
- El derecho de la persona que teletrabaja en cuanto a su horario laboral permanece intacto. Es responsabilidad de la empresa llevar a cabo la correspondiente prevención de riesgos laborales.
- Horario flexible: en la modalidad de trabajo a distancia, el empleado puede acordar un horario flexible con su empleador. Aunque esto no exime para que no se realice un correcto registro de todas las horas trabajadas.
¿Cómo llevar a cabo el registro horario en teletrabajo?
La ley no hace referencia a qué tipo de programa utilizar para llevar el registro horario. En principio, deja bastante libertad a los empleadores, siempre que las horas queden registradas en el sistema, lo que incluye el papel.
Si bien los más estrictos son aquellos que apuntan tanto las entradas como las salidas de sus empleados, también es posible usar otros en los que se introduce de manera manual toda la información sobre el horario laboral hecho.
Algunas de las opciones más comunes son:
- Hojas de Excel. Sigue siendo un sistema muy habitual gracias a su eficacia y a su coste reducido. No obstante, tiene serios problemas, como el hecho de los accesos a múltiples usuarios y que su control es más costoso.
- Aplicaciones específicas que pueden funcionar desde el móvil. Es una opción muy interesante tanto para los empleados, que pueden registrar sus jornadas desde cualquier lugar, como para los directivos, que pueden aprobar los datos de forma muy sencilla.
- Sistemas biométricos, que es una de las últimas tendencias en lo que a control horario se refiere. Permite controlar la jornada laboral de los empleados mediante el reconocimiento facial o del iris. En la práctica, su alto precio lo hace inviable para la mayoría de empresas, sobre todo las más pequeñas.
- Sistemas automáticos de fichaje. Existen aplicaciones automáticas que registran las horas de trabajo cuando detectan el movimiento del ratón y el teclado del ordenador. De esta manera, cubren la necesidad del fichaje a distancia, que es muy importante en algunos sectores o industrias.
En definitiva, la ley es bastante clara al respecto: los trabajadores que ejerzan una actividad en remoto también están obligados a registrar sus jornadas laborales. Y las empresas deben poner los medios para que se realice de manera adecuada.
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