La última década ha estado llena de dificultades en el plano económico. A los estertores de la crisis de 2008 les siguió el estallido de la COVID-19. Y a esta, el embudo mundial de suministros y la guerra de Ucrania. El emprendimiento lleva demasiado tiempo encajando golpes, por lo que los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) se resisten a abandonar la actualidad.
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Los ERTE y su impacto
Mediante un ERTE, una empresa puede ejecutar un despido colectivo temporal si concurren determinadas causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o derivadas de fuerza mayor temporal.
Esta figura se convirtió en un balón de oxígeno vital para las compañías de todos los sectores cuando el coronavirus paralizó la actividad económica. En aras de contener la sangría del desempleo, el Gobierno aprobó bonificaciones para las empresas que se decidieran por esta figura para minimizar el daño en sus cuentas.
Los ERTE, a diferencia de los Expedientes de Regulación de Empleo convencionales (ERE), no suponen el fin definitivo de la relación laboral. El despido del trabajador tiene carácter transitorio, hasta que desaparezcan las circunstancias que han obligado al empleador a detener o reducir de forma drástica la actividad productiva.
Esta modalidad priva al empleado de su salario, pero no interrumpe sus cotizaciones a la Seguridad Social. Además, tiene derecho a cobrar prestación por desempleo, siempre y cuando cumpla los siguientes requisitos:
- Estar inscrito en los Servicios de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente.
- Haber cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo y no haber utilizado dichas cotizaciones para una prestación anterior. Es decir, no haber ‘gastado el paro’.
- No haber cumplido la edad de jubilación.
- No realizar actividad alguna, por cuenta propia o ajena, a tiempo completo, salvo las habilitadas para ese fin por los programas de fomento del empleo.
- No estar cobrando una prestación social incompatible con el empleo, como la pensión de invalidez, entre otras.
Cómo sé si sigo en ERTE
El número de trabajadores afectados por ERTE en España llegó a superar los tres millones en el punto álgido de la pandemia. A la lógica incertidumbre que provoca esta situación, suelen sumarse las dudas sobre su duración y alcance.
La inmensa mayoría de afectados han vuelto a sus puestos de trabajo, pero no faltan las personas que desconocen si continúan siendo empleados en ERTE o si se les ha dado de alta.
Hay tres vías para despejar las dudas:
- A través de la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El itinerario es el siguiente:
- Hay que clicar en el apartado ‘personas’, situado en la parte superior a la izquierda, junto a ‘qué es el SEPE’.
- Una vez dentro, en la columna de la izquierda podemos encontrar la opción ‘consulte su prestación’. Hacer clic.
- El siguiente paso es identificarse con un certificado digital, el DNI electrónico o las credenciales proporcionadas por la plataforma Cl@ve.
- A través del servicio de atención telefónica del SEPE. En este enlace puedes encontrar el número de atención al ciudadano del SEPE que corresponda a tu provincia.
- A través de la página web de la Seguridad Social. En la sede electrónica de la Seguridad Social tenemos la posibilidad de acceder a los datos de nuestra vida laboral. Es decir, toda la trayectoria desde que entramos en el mundo del empleo hasta la actualidad. Esta incluirá, además del cómputo del tiempo trabajado, todas las altas y bajas realizadas por todas las empresas u organizaciones donde hemos trabajado, con sus correspondientes fechas. Es, por tanto, un método más que válido para saber si seguimos inmersos en el ERTE o no. Tendremos que movernos así:
- En la primera columna de la izquierda (sombreada en amarillo), meternos en ‘informe de vida laboral’.
- A partir de aquí, el sistema nos obliga a identificarnos como persona física, para lo que contamos con las siguientes opciones:
- Usuario y contraseña de la Cl@ve.
- Autenticación con Cl@ve PIN.
- Vía SMS.
- DNIe o certificado electrónico.
Por José Sánchez Mendoza
Imágenes | Shutterstock/ Rawpixel.com y Dani D.G