¡Por fin! Ha llegado el momento de esos ansiados días en los que puedes despedirte del ordenador, de las reuniones y la rutina para dar la bienvenida al sol, las terrazas y las deseadas vacaciones de verano.
Pero, ahora que tienes hasta la maleta preparada: ¿sabes qué dice el Estatuto de los Trabajadores de las vacaciones?
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Así, de golpe, te pueden parecer dos palabras antagónicas: “vacaciones” y «Estatuto de los Trabajadores» no suenan en nuestra mente como términos igual de positivos.
Pero te vamos a demostrar que están muy relacionados. Simplemente porque es el texto oficial que regula los derechos de los empleados y las vacaciones son un derecho marcado y fijado. Por ley, un trabajador tiene que tener un mínimo de 30 días naturales al año.
Te aseguramos que si aprendes qué estipula este organismo sobre las vacaciones disfrutarás mucho más de esos días, porque te ahorrarás cualquier tipo de problema a la hora de solicitar tus días libres.
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores de las vacaciones?
Lo primero es saber que el Estatuto de los Trabajadores es el texto oficial, la norma que regula muchos de los derechos de los empleados. Aunque, si somos rigurosos, existen dos textos que lo regulan:
- La Constitución Española: en su artículo 40, defiende que serán los poderes públicos los encargados de proteger el descanso de los trabajadores. Para ello, tendrán derecho a vacaciones periódicas retribuidas.
- El Estatuto de los Trabajadores: en su artículo 38, que los días de descanso no podrán ser menos de 30 días naturales en todo el año.
Vamos a centrarnos más en este artículo 38. Solo entendiendo sus puntos, podremos disfrutar de unas vacaciones pagadas evitando malentendidos con nuestra empresa.
¿Qué dice el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores?
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores regula las vacaciones de los empleados y estipula los siguientes puntos:
- Las fechas en las que se cojan las vacaciones, deben ser pactadas o acordadas entre la empresa y el trabajador.
- La negociación de las vacaciones puede hacerse de forma individual o en grupo.
- ¿Y si mis vacaciones coinciden con una baja por incapacidad temporal? El Estatuto de los Trabajadores sobre las vacaciones regula que se pueden disfrutar al recibir el alta médica. Eso sí, antes con un límite de 18 meses, pasado el año en el que hayas estado de baja.
- Una empresa no puede sustituir días de vacaciones por un pago económico.
- Pero si tienes un contrato temporal, y se acaba antes de poder disfrutar de tus vacaciones, entonces sí. La empresa tiene que pagar las vacaciones no disfrutadas.
@laboral_tips ❌No pueden hacer esto con tus vacaciones! Responde asi! #vacaciones #ilegal #hoy #mañana #domingo #lunes #descanso #jefe #empresa #abusos #explotacionlaboral #laboralistadetiktok #laboraltips #laboraltip ♬ She Share Story (for Vlog) – 山口夕依
- Como trabajador, tienes derecho a que la empresa te diga tus periodos de vacaciones con, mínimo, dos meses de antelación.
- ¿Si estoy de baja de maternidad, paternidad o lactancia? Si la baja coincide con tus vacaciones, El Estatuto de los trabajadores dice que las vacaciones puedes cambiarlas de fecha y disfrutarlas al completo. Incluso al año siguiente.
- Muy importante: los convenios colectivos también influyen en las vacaciones, pero el calendario lo marca la empresa junto al trabajador y el mínimo de días, el Estatuto de los Trabajadores.
Dudas frecuentes sobre el Estatuto de los Trabajadores y las vacaciones
Resolvemos todas tus dudas, las preguntas más frecuentes y desmentimos mitos sobre tus vacaciones y cómo pedirlas:
¿Qué pasa si empresa y trabajador no se ponen de acuerdo en las vacaciones?
Como hemos explicado, el artículo 38 regula que la empresa y el trabajador o empleado deben llegar a un acuerdo sobre el periodo de vacaciones.
En el caso de no poder firmar un pacto, si se produce un conflicto por la elección de tu descanso, puedes acudir al punto 125 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJSS).
Según este texto, el empleado puede presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. Eso sí, tienes 20 días para hacerlo. La solución sería presentar una demanda, pues en estos casos no hay posibilidad de llegar a una conciliación previa.
¿Qué dice el Estatuto de los trabajadores de las vacaciones no disfrutadas?
De nuevo, el Estatuto responde a nuestras dudas sobre vacaciones.
Prohíbe que cualquier empresa sustituya o cambie días de vacaciones por dinero. Es decir, no se puede pagar por vacaciones no disfrutadas.
Y es que, las vacaciones es un derecho que la empresa no puede negar y, también, que el trabajador no puede rechazar.
Otro caso es si estás con un contrato temporal y éste finaliza antes de poder cogerte las vacaciones. En este caso concreto, la empresa sí deberá pagar los días de vacaciones que no se han disfrutado. Se incluye en la liquidación o finiquito.
¿El convenio colectivo puede modificar mis vacaciones?
La respuesta es sí. Los convenios colectivos influyen en tus vacaciones, pero la norma indica que si hay cambios en esos días, deben ser siempre a favor del trabajador.
¿Quién tiene prioridad a la hora de elegir vacaciones?
Según el artículo 38.2, pueden elegir primero sus fechas vacacionales:
- Los jefes de familia.
- Cónyuges.
- Dependientes económicos.
Pero la verdad es que el empresario puede implantar otro criterio de selección o prioridad. Eso sí, cumpliendo la “igualdad de condiciones”.
¿Cuándo tienes derecho a 15 días de vacaciones?
Si llevas un año de antigüedad en tu empresa, tendrás derecho a un mínimo de 30 días naturales.
Pero si solo llevas seis meses trabajando, entonces, te corresponden 15 días naturales u 11 días hábiles. Recuerda, te corresponden días de vacaciones de forma proporcional al tiempo que llevas trabajando.
¿Cuántos días de vacaciones puede escoger el trabajador?
El calendario o la horquilla de días en los que los trabajadores se pueden ir de vacaciones lo impone la empresa.
Eso sí, dentro de ese periodo, el trabajador puede elegir los días que quiera. Aunque puede haber restricciones de la empresa. Por ejemplo, que un trabajador no coja las mismas vacaciones que su compañero más cercano, para cubrir bien los puestos. Pero esto debe acordarse entre todas las partes.
Ahora que ya sabes todos sobre el Estatuto de los Trabajadores y las vacaciones, seguro que el año que viene escoges con más información en la mano tu periodo de vacaciones. Si ahora ya estás de viaje, ¡Disfruta! ¡Te mereces descansar!