Cuando muchos negocios están todavía lejos de alcanzar los ingresos previos a la pandemia, el nuevo curso que se inicia tras las vacaciones veraniegas trae importantes novedades para los autónomos. El colectivo se encuentra a las puertas de varios cambios a nivel laboral, fiscal y de Seguridad Social que comenzarán a traducirse en medidas durante el segundo semestre de 2021.
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Subida del SMI y de la cuota de autónomos
Uno de los asuntos que más controversia genera y que tendrá un gran impacto en los más de tres millones de autónomos que hay en España es la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) antes de que termine este año. Así lo anunció el pasado 1 de septiembre el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, justo antes de la reunión del Ministerio de Trabajo con los representantes de Comisiones Obreras (CCOO), la Unión General de Trabajadores (UGT), la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y Cepyme.
En el caso de los autónomos con trabajadores a su cargo, es posible que tengan que aumentar la retribución de estos últimos. Además, la cuota de autónomos subirá, ya que su incremento está ligado al del SMI por ley.
Así, la cuota de autónomos volvería a aumentar entre 3 € y 12 €, dependiendo de la base de cotización del autónomo. Los que cotizan por la base mínima (944,40 € al mes) tendrán un aumento de 3 € en la cuota mensual. Es decir, esta pasará de 286 a 289 €. Mientras que los que cotizan por la base máxima (4.070,10 € al mes), tendrán un aumento de 12 € en la cuota mensual, que va a pasar de 1.233 € a 1.245 €.
Este incremento será de aplicación inmediata. Los trabajadores por cuenta propia empezarán a abonarlo en la siguiente cuota que tengan que pagar tras la aprobación del nuevo salario mínimo.
Fin de las prestaciones
El próximo 30 de septiembre finaliza la actual prórroga de las ayudas por cese de actividad y los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), que han permitido a muchos empresarios y autónomos mantenerse a flote desde el comienzo de la crisis del coronavirus.
De este modo, los miles de negocios que todavía siguen acogidos a los ERTE, así como los más de 200 000 autónomos que están cobrando las ayudas por cese de actividad, tendrán que volver a estar pendientes de las negociaciones para la posible extensión de estas medidas, tal como pide la patronal.
En este sentido, hay que tener en cuenta que pronto dejarán de estar en vigor las exoneraciones decrecientes de la cuota que pagan los autónomos que fueron beneficiarios hasta mayo pasado del cese de actividad. De este modo, durante el mes de junio pagaron solo el 10 % de la cuota; en julio, el 25 %; en agosto, el 50 % (145 €), y en septiembre, el 75 %, lo que asciende a 216 €. Por tanto, en octubre se enfrentarán al pago completo de la cuota.
Asimismo, desde este mes de septiembre las mutuas pueden empezar a revisar si los autónomos cumplían o no los requisitos estipulados en cada prórroga (caída de facturación y rendimientos netos) para cobrar las prestaciones por cese de actividad. Si no lo hicieron, deberán devolver las ayudas.
En concreto, el Real Decreto Ley 2/2021 precisa que «a partir del 1 de septiembre de 2021, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, o el Instituto Social de la Marina, recabarán del Ministerio de Hacienda los datos tributarios de los ejercicios 2019 y 2021 necesarios para el seguimiento y control de las prestaciones reconocidas».
Aumento de las sanciones de la Inspección de Trabajo
Otro de los cambios que repercutirán en los autónomos es el aumento del importe de las sanciones que imponga la Inspección de Trabajo. El próximo 1 de octubre entra en vigor la ley sobre infracciones y sanciones, que contempla un incremento de 20 % en las multas y la automatización del procedimiento sancionador.
Las cuantías de las multas serán las siguientes:
- Infracciones leves: las sanciones serán de entre 70 € y 150 € en su grado mínimo, de entre 151 € y 370 € en su grado medio y de entre 371 € y 750 € en su grado máximo.
- Infracciones graves: de 751 € a 1500 € en su grado mínimo, de 1501 a 3750 € en su grado medio y de 3751 a 7500 € en su grado máximo.
- Infracciones muy graves: de 7501 a 30 000 € en su grado mínimo, de 30 001 a 120 005 € en su grado medio y de 120 006 a 225 018 € en su grado máximo.
Medidas contra el software de doble uso
Por último, la nueva ley antifraude ha traído novedades de peso para los autónomos. Entre los principales cambios que afectan al colectivo están la limitación de los pagos en efectivo entre profesionales de 2500 a 1000 €, la rebaja de los recargos por presentar las declaraciones de impuestos fuera de plazo y la reducción de la cuantía de las sanciones por pronto pago.
A lo que hay que sumar que, de manera previsible, a partir de octubre o noviembre se pondrán en marcha medidas de vigilancia y sanción para acabar con los llamados software de doble uso. Estos programas son empleados para manipular la contabilidad y crear una ‘caja B’ al margen del control de la Agencia Tributaria. Así, todos los sistemas informáticos empleados para la contabilidad de empresas y negocios tendrán que contar con una certificación del Ministerio de Hacienda que garantice la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones.
Imágenes | Miguelangel Miquelena (Unsplash) | Adam Winger (Unsplash) | Andrew «Donovan» Valdivia (Unsplash)