En 2020, el permiso de paternidad se ha extendido hasta 12 semanas para todos los padres trabajadores. De esta manera, se suman cuatro semanas a la ampliación de ocho que ya tuvo lugar en 2019.
Por eso, si vas a tener un hijo este año, te contamos todo lo que debes tener en cuenta antes de solicitar tu permiso de paternidad.
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Requisitos para solicitar el permiso de paternidad
Todos los trabajadores que hayan cotizado a la Seguridad Social, ya sean asalariados o autónomos, tienen derecho a solicitar el permiso por paternidad. Para ello, deben acreditar un período mínimo de cotización de 180 días dentro de los siete años anteriores a la fecha del inicio del permiso o de 360 días durante toda su vida laboral.
La fecha de solicitud del permiso de paternidad deberá estar dentro de los 15 días siguientes al nacimiento del bebé.
El permiso también se podrá solicitar en el caso de adopción o acogimiento, siempre que el niño sea menor de seis años de edad. No obstante, también generan derecho los mayores de seis años pero menores de 18 con discapacidad o que, por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar.
Cuándo se disfruta el permiso de paternidad
De manera obligatoria, el trabajador deberá disfrutar el permiso durante las cuatro primeras semanas de forma ininterrumpida. El resto del permiso se podrá disfrutar cuando se desee, siempre que se distribuya a lo largo del primer año de vida del menor, y cuando se acuerde con el empresario.
Además, es posible disfrutar la prestación de forma completa o parcial, con un mínimo del 50% del total, y siempre de común acuerdo con el empresario. Esta posibilidad es compatible e independiente del permiso de maternidad de la madre.
Por último, la madre biológica podrá ceder hasta dos semanas al padre dentro de su prestación, pero este no le podrá ceder ninguna semana.
Cuánto se cobra
El trabajador tiene derecho a cobrar el 100% de la base reguladora durante todo el permiso de paternidad. Dicho de otro modo, el trabajador cobrará en términos brutos la misma cantidad que sus últimos salarios en caso del trabajador asalariado, o la base de cotización elegida en caso del trabajador autónomo (si es la mínima, esta será de 944,40 euros en 2020).
Eso sí, desde la famosa sentencia del Tribunal Supremo que declaraba exenta esta renta, no habrá que abonar IRPF por el permiso de paternidad. Además, durante el tiempo que dure el permiso de paternidad, la cotización está bonificada al 100%, de manera que el trabajador no tendrá que pagar la cuota correspondiente a la Seguridad Social, aunque siga cotizando y generando derechos futuros.
Es decir, ese 100% de la base reguladora será el importe que, en términos netos, recibirá el trabajador en su cuenta corriente.
Cómo se calcula la cuantía de la prestación por paternidad
El cálculo de la base reguladora es sencillo. Tan solo tendremos que sumar las bases de cotización de los últimos seis meses y dividirlas entre 180 días. Así se obtiene la base reguladora diaria, que es la cuantía que finalmente cobraremos (aunque, eso sí, de manera mensual).
Por ejemplo, la base reguladora diaria de un trabajador que tenga un salario bruto mensual de 2.000 euros brutos será de 66,67 euros al día. Es decir, durante el total de la prestación de paternidad (84 días), cobrará 5.600,28 euros.
Otro supuesto muy habitual es el de un trabajador autónomo que cotice por la base mínima (944,40 euros en 2020). En este caso, su base reguladora diaria será de 31,48 euros, y la cuantía que recibirá por todo el permiso será de 2.644,32 euros.
Cómo solicitar el permiso de paternidad en 2020
El trámite se puede realizar bien de forma presencial en alguna de las oficinas de la Seguridad Social o bien de forma online. Si lo haces de manera presencial, deberás presentar la siguiente documentación:
- DNI o Número de Identificación en el Extranjero (NIE).
- Representación legal si fuera necesaria.
- Libro de familia o certificación de inscripción del hijo cuando estos datos no consten en el Registro Civil.
- En caso de adopción, además, será necesario presentar la resolución judicial por la que se constituye la adopción o tutela, o bien la resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
- Certificado de la empresa donde aparezca reflejada la fecha de comienzo de la suspensión por paternidad (se puede obtener aquí), si la empresa no lo ha enviado a la Seguridad Social.
- Además de toda esta documentación, se debe aportar los documentos acreditativos si es familia numerosa, parado, discapacitado, familia monoparental o en caso de internamiento hospitalario del recién nacido a continuación del parto, que dé lugar a la ampliación del periodo de descanso.
Si optas por la opción presencial, deberás solicitar cita previa en alguna de las oficinas de la Seguridad Social.
La prestación por paternidad en 2021
En 2021 se hará efectiva la equiparación total entre los permisos de maternidad y paternidad. A partir del año que viene, los padres disfrutarán de cuatro semanas más de permiso, hasta las 16 semanas que ya disfruta la madre y que ya existe en algunas comunidades autónomas como País Vasco.
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