La declaración de la Renta de este año trae consigo nuevas deducciones, exenciones y la imposibilidad de presentarla en papel. En plena campaña, es el momento ideal para repasar las principales novedades de la declaración de la Renta y Patrimonio del ejercicio fiscal 2018.
Cambio en los límites de la obligación de declarar
El límite para declarar, si el contribuyente tiene un único pagador, se mantiene igual que el año pasado en 22.000 euros anuales. El cambio es para aquellas personas que obtienen rendimientos del trabajo de dos pagadores, quedando fijado el límite en 12.643 euros. En este caso, no están obligados a declarar aquellos contribuyentes que hayan ingresado una cantidad menor.
Este importe de 12.643 euros se explica porque el límite para las personas que han tenido dos pagadores en el ejercicio 2018 se ha fijado en 14.000 euros anuales (antes era de 12.000). Este límite entró en vigor desde el día 5 de julio, por lo que se ha tenido que calcular la parte proporcional correspondiente.
Aumento de reducciones por rendimientos del trabajo
Las personas con ingresos bajos tributarán menos, ya que la cantidad a reducir de los rendimientos del trabajo se cambia para los siguientes tramos:
- Los rendimientos inferiores a 13.115 euros disfrutarán de una reducción de 5.565 euros (antes era de 3.700 euros).
- Los rendimientos entre los 13.115 y los 16.825 euros tendrán una reducción de 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre el rendimiento en cuestión y los 13.115 euros anuales.
Deducción por maternidad
Se ha añadido, a los 1.200 euros anuales ya existentes, otros 1.000 euros adicionales como deducción por cada hijo menor de tres años. Para poderla aplicar, el contribuyente deberá poder demostrar gastos en alimentación, inscripción y matrícula de guardería. [hde_related]
Igualmente, se debe tener en cuenta que los ingresos de las prestaciones de maternidad y paternidad cobradas en 2018 están exentas del pago de Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Familias numerosas
En el caso de familias numerosas se aumentan las cantidades a deducir a 250 euros por cada niño a partir del cuarto. Para la declaración de la renta del año que viene este importe llegará hasta los 600 euros.
Inversión en emprendedores
Se mejoran las bonificaciones existentes para realizar inversiones en nuevas empresas y startups.
Aquellos contribuyentes que inviertan en proyectos de emprendedores mediante la adquisición de acciones o participaciones se beneficiarán de una bonificación del 30% de la aportación, con una base máxima de 60.000 euros. Anteriormente esta deducción era del 20% sobre una base máxima de 50.000 euros.
Becas de estudios
Se aumenta el límite exento de declarar. En el caso de las becas para estudios correspondientes al segundo ciclo universitario, hasta los 6.000 euros. Para las del tercer ciclo universitario, hasta 21.000 euros.
Rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
Sube hasta el 60% la deducción a aplicar a los ingresos generados en Ceuta y Melilla. El año pasado, la deducción sobre las rentas obtenidas en estos territorios era del 50%.
Premios de lotería
Si durante el ejercicio 2018 el contribuyente tuvo la suerte de ganar un premio, deberá saber que en esta declaración de la Renta estarán exentos los premios inferiores a 10.000 euros. Si se obtiene uno superior, solo tendrá que tributar el exceso de premio que supere esos 10.000 euros.
Este límite aumentará progresivamente a 20.000 euros en el ejercicio fiscal 2019 y a 40.000 euros en el de 2020.
Las fechas clave para presentar la declaración de la Renta
No se deben olvidar los plazos para realizar las distintas gestiones de la declaración de la Renta de este año:
- Del 15 de marzo al 1 de julio. Solicitud del número de referencia, consulta de datos fiscales y suscripción a la app de la Agencia Tributaria.
- Del 2 de abril al 1 de julio. Plazo para la presentación por internet y por teléfono de la Renta y Patrimonio 2018.
- Del 9 de mayo al 28 de junio. Solicitud de cita previa para confeccionar la declaración de la Renta en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- Del 14 de mayo al 1 de julio. Periodo de atención presencial en las oficinas de Hacienda para confeccionar, modificar y presentar la declaración de Renta 2018.
- El 26 de junio. Último día para presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio 2018 con domiciliación bancaria.
- El 1 de julio. Último día para presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio 2018.
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