Aún estás a tiempo de evitar estos errores en tu declaración de la renta

Errores tributarios

Autónomos

Acaba la campaña, unos autónomos respiran aliviados, otros siguen teniendo muchas dudas; pero, en cualquier caso, es posible advertir, más adelante, errores en la declaración.

Errores en la declaración de los autónomos

El catálogo de errores posibles es extensísimo. Veamos algunas equivocaciones típicas:

Revisando posibles errores en la declaración de la renta

Los principales remedios frente a los errores en la declaración

Afortunadamente, a pesar de la equivocación, es posible encontrar una solución. Las dos principales son la declaración complementaria y la solicitud de rectificación. [hde_related]

La declaración complementaria

Se emplea en aquellos casos en los que el error ha perjudicado a Hacienda. Nos dará a pagar más (o a devolver menos) que la que presentamos inicialmente.

La presentación de la declaración complementaria la podemos realizar a través de Renta Web. En el apartado “Más trámites”, elegiremos la opción “Modifique su declaración ya presentada”.

Si lo preferimos, también podemos hacerlo desde la opción “Modificación de una declaración ya presentada» ubicada en la relación de trámites electrónicos para el modelo 100 en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Además, realizaremos el pago. Para justificar su realización, podremos obtener un número de referencia completo generado por la entidad de crédito donde hemos realizado el ingreso. Otra opción es obtenerlo a través de la pasarela de pago de Renta Web, pero para ello es necesario acceder con DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Pensando en la declaración de la renta

La fecha consignada del pago es un elemento importante, ya que de ella dependen los posibles recargos que ascenderán a las siguientes cantidades:

La rectificación de la declaración

Se emplea cuando el error nos ha perjudicado a nosotros. No obstante, solamente lo podremos hacer si cumplimos las siguientes condiciones:

Trámites fiscales

En este caso, iniciaremos el procedimiento por las mismas vías que en el caso de las complementarias. Es decir, accederemos a «Más trámites» y allí a «Modifique su declaración ya presentada”. Encontraremos una casilla en la que podemos marcar la solicitud de rectificación de la declaración.

Posteriormente, al acceder a la declaración, modificaremos lo que corresponda e indicaremos los datos bancarios, para que nos puedan realizar el ingreso. No obstante, no será inmediato, sino que la Administración tendrá que estudiarlo. Normalmente, dispondrá de seis meses para hacerlo. Pasado ese plazo, sigue teniendo obligación de respondernos (dándonos o no la razón), pero nosotros podemos comenzar a interponer recursos.

Es indudable que conviene revisar bien la declaración de la renta antes de presentarla. Si contamos con un asesor, debe disponer de toda la información necesaria. Sin embargo, si nos equivocamos en la declaración, es importante conocer cómo los podemos resolver.

Imágenes | iStock

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