Calcular el paro es un ejercicio mental muchas veces repetido por los trabajadores en épocas de incertidumbre.
Es algo así como la valoración de la estabilidad de un puente que nos permita atravesar el complicado cauce del desempleo, en caso de ser necesario.
Por lo tanto, condiciona las decisiones laborales y empresariales y es uno de los principales elementos que conforman el entorno normativo en el que se toman. Veamos cuáles son los principales aspectos que hay que considerar al calcular el paro.
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Requisitos para cobrar el paro
Para poder acceder a la prestación contributiva por desempleo habremos de cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar dados de alta en la Seguridad Social.
- Haber cubierto un período mínimo de cotización de, por lo menos, 360 días en los últimos 6 años.
- Encontrarnos en situación legal de desempleo. Eso se cumple en diversos supuestos que, en general, se relacionan con haber perdido involuntariamente nuestro trabajo como asalariados, siempre que podamos acreditar nuestra disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada, a través del compromiso de actividad.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, salvo que no hayamos cotizado el suficiente tiempo como para cobrar una pensión contributiva o bien se trate de un supuesto de suspensión del contrato o reducción de jornada.
- Estar inscritos en el servicio público de empleo como demandantes de empleo.
Cómo se calcula cuánto nos corresponde de paro
Para calcular el paro, lo primero que tenemos que considerar es que la prestación por desempleo tiene unos límites:
- Sin hijos, se mueve entre el 80% y el 175% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Eso, en 2020, significa que como mínimo se cobra 501,98 € y como máximo 1.098,09€.
- Con un hijo, la prestación estará entre el 107% y el 200% del IPREM. Eso, en 2020, se traduce ente 671,40€ y 1.075,68€.
- Si se tienen dos o más hijos, oscilaría entre el 107% y el 225% del IPREM. En 2020, eso significa entre 575, 49€ y 1.411,83€.
Para saber, dentro de esos límites, cuánto nos pagarán, hay que conocer antes un concepto que se denomina “base reguladora”. Se calcula como una media de la base por la que hemos cotizado por desempleo en los últimos 180 días. Ese dato lo encontraremos en nuestras últimas nóminas.
A partir de ahí, realizaríamos el siguiente cálculo:
- Los primeros 180 días se cobra un 70% de la base reguladora.
- Desde entonces, un 50%.
Si la cifra resultante está entre el mínimo y el máximo, ese será el importe bruto de lo que cobraremos. Si se sale de los límites cobraremos el máximo o el mínimo, según corresponda. A esa cantidad habrá que restar los descuentos de retenciones y un 4,7% de cotización a la Seguridad Social.
Cuánto dura la prestación por desempleo
Depende de cuánto hemos cotizado en los últimos 6 años. Después de cubrir el requisito mínimo de 360 días cotizados, hay derecho a 120 de prestación. De ahí en adelante, por cada 180 días más que sumemos tendremos derecho a cobrar el paro 60 días más. El máximos son 720 días, es decir, casi dos años.
En todo caso, hay que tener en cuenta que podemos consumir paro cuando ya hemos disfrutado con anterioridad de la prestación. Dada esa situación, los días que computamos en esa ocasión anterior deben ser restados para hacer el cálculo.
Cómo se calcula el paro para autónomos
La prestación por cese de actividad es diferente de la prestación por desempleo de los asalariados. Las razones principales son dos:
- El autónomo debe justificar que se encuentra en situación legal de cese de actividad.
- A diferencia de los asalariados, los autónomos que cesan en su actividad no solamente sufren una reducción involuntaria de los ingresos derivados de su trabajo, sino también de las inversiones que tienen en el negocio. Eso es algo que la prestación por cese de actividad no cubre.
La prestación por desempleo debe ser bien comprendida por trabajadores y empresarios para entender mejor el marco en el que toman sus decisiones y cuáles son las consecuencias de la pérdida de empleo.
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