El capital social es una de esas cifras con las que tienen que aprender a convivir los emprendedores. No solo es una mención que deben cubrir como un trámite, sino que disciplina parte de las decisiones que se pueden tomar. [hde_related]
Qué es el capital social y para qué sirve
En general, es el capital escriturado en las sociedades mercantiles. En las de capital (limitadas, anónimas y comanditarias por acciones), es una de las menciones obligatorias en los estatutos.
Sirve para regir toda la vida de la sociedad. Desde el punto de vista interno, los derechos de los socios, en general, guardan una relación directa con su participación en el capital social.
Para los terceros, sirve de cifra de garantía de las deudas. Por eso, en las sociedades limitadas, anónimas y comanditarias por acciones existe toda una regulación que busca velar por los intereses de los acreedores.
Principios reguladores
- En principio, toda sociedad de capital debe constituirse con un capital social mínimo. En las limitadas, puede ser de tan solo 1 €. No obstante, hasta que no se alcance la cifra de 3000 €, los socios deben responder con su patrimonio personal de las deudas sociales. Y, además, deberá aplicarse un 20 % del beneficio a la reserva legal hasta que sumando el capital social y la reserva legal se alcancen los 3000 €. Por su parte, las anónimas tienen un capital social mínimo de 60 000 €.
- El capital social debe estar íntegramente suscrito. Eso significa que no puede haber acciones o participaciones que hayan sido emitidas, pero que no sean propiedad de nadie y estén a la espera de colocación. Lo que sí que se puede hacer es fundar una sociedad anónima mediante el procedimiento de constitución sucesiva. Aunque, en principio, haya un programa de fundación y en este se anuncie un capital social, que puede que, en un primer momento, no haya encontrado suscriptores suficientes, la verdadera suscripción del capital se produce con la constitución de la sociedad.
- De hecho, lo importante es el capital social que figura en los estatutos de todas las sociedades de capital. Además, en ellos debe aparecer el número de acciones o participaciones en que se divide. También constará, entre otras menciones, el valor nominal de cada una de ellas. Este es el que, como regla general, marca la participación en diferentes derechos de los socios.
- En cuanto al desembolso del capital social, también existen unos mínimos. En las anónimas, puede haber desembolsos pendientes, los llamados dividendos pasivos, pero el mínimo es del 75 % del capital social. En las limitadas, debe haber un desembolso mínimo del valor nominal completo de cada una de las participaciones.
Cómo calcular el capital social paso a paso
El capital social es una de las menciones obligatorias de los estatutos sociales. Tan solo deberemos consultar su versión autorizada para conocerlo. Sin embargo, nos puede interesar saber cómo va a aparecer en la contabilidad.
En el balance, tanto en su versión normal como en la abreviada, el capital aparece como la primera cifra de la columna dedicada al patrimonio neto y al pasivo. Además, debe figurar el desglose de la parte escriturada y la no exigida. Esta última mermará el capital que conste en el balance.
Por otro lado, mientras no se inscriba en el Registro Mercantil, el capital social emitido se anota en una cuenta de pasivo. En el balance, se reflejará como parte de la partida de otros pasivos financieros, dentro de las deudas a corto plazo. Además, junto al capital social emitido pendiente de inscripción figurará la prima de emisión.
Por tanto, para hacer previsiones de cuál es la cifra de capital que irá apareciendo en el balance, deberemos proceder paso a paso. No podremos conocerlo sin el dato de cuál era el anterior y cómo han afectado las diversas operaciones: emisión, desembolso, aumento, reducción, etcétera.
Un ejemplo de cálculo del capital social
Por ejemplo, imaginemos que constituimos una sociedad anónima con un capital social de 300 000 €. Hasta su inscripción en el Registro Mercantil, esa cifra figurará en el pasivo y no tendremos nada en el capital.
A continuación, con la inscripción, desaparece el pasivo, pero eso no implica que aparezcan los 300 000 € dentro del capital de nuestro balance. Puede haber dividendos pasivos, pero debe estar desembolsado, al menos, un 25 %. Si ese es el caso, en el balance solo figurarían dentro del capital los 75 000 € desembolsados.
No será hasta que se haya completado el desembolso cuando se refleje todo el capital social en el balance. Mientras, constarán los 300 000 € dentro del capital escriturado, pero minorados por 225 000 € de capital no exigido.
Después, tendrá mucha importancia la aplicación del resultado. Contaremos con una reserva legal, a la que destinaremos, al menos, un 10 % del beneficio hasta que alcance el 20 % del capital social. En nuestro ejemplo, deberemos llegar, por lo menos, a 60 000 €.
Con el funcionamiento de la sociedad pueden producirse pérdidas. Si, por ejemplo, tenemos unas de 100 000 €, estas no merman el capital en el balance, pero sí figurarán minorando el patrimonio neto.
En la evolución posterior de la sociedad, también tendremos que tener en cuenta los aumentos y reducciones de capital social. Pueden producirse con realización o devolución de aportaciones o como cambios contables de importancia diversa.
En resumen, el seguimiento del capital social, la prima de emisión, las diferentes reservas, los resultados y su aplicación y sus movimientos tiene relevancia tanto contable como mercantil. No solo es un conjunto de cifras que influyen en el balance, sino que su evolución debe moverse dentro del marco legal establecido.
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