Si estás pensando en pedir una jubilación anticipada en 2024, es importante que sepas que desde el 1 de enero de este año las pensiones se han revalorizado atendiendo a la subida de los precios de los bienes de consumo, el tan escuchado y temido IPC.
No hablamos de jubilarse de forma normal, cuando llegas a los 65 años y a los 38 cotizados como mínimo en la Seguridad Social; sino de dejar el mundo laboral y pasar a ser un jubilado antes de tiempo, con menos edad.
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Y es que, la jubilación anticipada voluntaria fue la fórmula elegida por el 33% de los españoles.
Pero para poder hablar de la posibilidad de acceder a este tipo de retiro, primero tienes que conocer todos los cambios que han sufrido las pensiones. ¿Han subido todas? Y, sobre todo, ¿qué pasa con la jubilación anticipada en 2024?
Te explicamos todas las modificaciones trascendentales, sobre todo, porque son en positivo para los trabajadores ya jubilados y para los que están a punto de llegar a esa posición. En cifras, unos 11,8 millones de personas.
Todos los cambios en las pensiones de 2024
Vamos a ver, uno por uno, los cambios y revalorizaciones a aplicar en la tabla pensiones de 2024. Estas son las claves de las medidas recogidas en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, que entró en vigor el pasado 1 de enero de este 2024.
- Las pensiones contributivas se revalorizan un 3,8%. Por lo que las pensiones medias en España, que es de 1.380 euros al mes, suben 52 euros mensuales, 734 euros al año.
- Las que dependen del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado también suben un 3,8%.
- La pensión mínima ahora es de 11.552,8 euros al año.
- La pensión mínima para las personas con cónyuges a su cargo se fija en 14.466,20 euros.
- Si tienes menos de 65 años, es una jubilación anticipada y tu pensión será de, como mínimo, 10.808 euros. 14.466,20 si hay cónyuges a cargo.
- Las pensiones mínimas no contributivas suben un 6,9%.
- Las no contributivas de vejez e invalidez (SOVI) se revalorizan también en un 6,9% alcanzando los 517,9 euros mensuales, 7.250,6 euros anuales.
- Las de viudedad con cargas familiares crecen un 14,1%.
- El Ingreso Mínimo Vital aumenta en un 14%.
- El complemento, que busca reducir la brecha de género en las pensiones contributivas, es de 33,20 euros al mes en 2024.
Con estas revalorizaciones, las pensiones de los españoles suben, según lo hace el IPC, por tercer año consecutivo.
- En 2024 → 3,8%.
- En 2023 → 8,5%.
- En 2022 → 2,5%.
IMPORTANTE: No todas las pensiones subirán este 2024. De hecho, aquellas que superen los 3.175,04 euros mensuales se mantendrán, sin aplicar ninguna revalorización.
Además, hay que tener en cuenta que, por ley, ninguna pensión puede ser superior a los 44.450,56 euros al año.
¿Cómo pedir la jubilación anticipada en 2024 a la Seguridad Social?
Ha llegado el momento de saber cómo queda la jubilación anticipada en este 2024. De nuevo, te ofrecemos todas las claves a tener en cuenta en forma de puntos resumidos. Desde la edad mínima necesaria para jubilarte bajo esta fórmula, otros requisitos importantes, hasta la cuantía de tu pensión.
Edad mínima jubilación anticipada en 2024 según cotización
Si lo haces de manera voluntaria, podrías pedirla dos años antes de la edad legal de jubilación. Es decir:
- Dos años antes de cumplir los 66 y 6 meses → si tienes menos de 38 años cotizados a la Seguridad Social. Es decir, con 64 años y 6 meses.
- Dos años antes de los 65 → si has cotizado más de 38 años. Con 63 años de edad.
Periodo mínimo cotizado
- 35 años.
- Pero dos de esos 35 tienen que haber sido en los 15 años anteriores al momento en el que pides la jubilación anticipada voluntaria.
- Cuenta como un año cotizado los años de: servicio militar, prestación social sustitutoria y del servicio social femenino.
Importante:
- Se te concederá si, tras hacer el cálculo, el resultado es superior a la pensión mínima que te corresponde si esperases hasta tener los 65 años.
- Pueden pedir la pensión tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos o por cuenta propia.
Casos de jubilación anticipada involuntaria 2024
Por último, debes saber que también existe la modalidad de jubilación anticipada involuntaria o forzosa. Se produce si vives:
- Despido colectivo, más conocido como ERE, causado por elementos de la economía, técnicos, de producción u organizativas.
- Despido objetivo.
- Por extinción del contrato de trabajo por fuerza mayor.
- Extinción del contrato por resolución judicial, según la Ley Concursal.
- Si ha fallecido o declarado como incapaz el líder de tu empresa.
- Si eres una mujer superviviente a la violencia de género y, como consecuencia, te ves obligada a dejar tu puesto de trabajo.
Como se trata de una decisión no voluntaria o forzosa, puedes adelantar tu retiro hasta cuatro años antes de la edad oficial, pero con estas condiciones:
- Al cumplir los 62 años y 6 meses → con menos de 38 años cotizados.
- Con 61 años → más de 38 años en la Seguridad Social.