Llega el primer pago de mi préstamo ICO, ¿quién tiene que devolverlo?

Pymes

Miles de pymes y autónomos pidieron al inicio de la pandemia un préstamo ICO para poder hacer frente a los costes de su negocio en un momento de caída de ingresos. Más de seis meses después toca comenzar a devolver ese préstamo, pero la realidad es muy distinta de lo que se esperaba cuando se solicitó esta financiación.

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La recuperación de los niveles de facturación previos a la llegada de la pandemia en muchas pymes y autónomos está siendo muy lenta. Otros, incluso vuelven a cerrar sus locales comerciales obligados por la segunda oleada de la COVID-19. Pero, en todo caso, en lo que coinciden casi todos es en tener falta de liquidez e incluso imposibilidad de hacer frente a las cuotas de sus préstamos ICO.

Qué condiciones tienen los préstamos ICO

Ante esta realidad, lo primero que hay que analizar son las condiciones de estos préstamos. Todos los préstamos los concede una entidad financiera, cualquier banco domiciliado o con sucursal en España que tenga un convenio con el Instituto Oficial de Crédito (ICO).

Lo que ofrece el ICO es una garantía en caso de impago de esta línea de financiación que alcanzó los 20 000 millones de euros en préstamos concedidos.

Esto no significa que en caso de no poder hacer frente a los préstamos sea el Estado quien abone las cuotas, ya que su figura es de avalista. Por ello, el banco, en primer lugar, reclama el pago al solicitante del crédito. Es esta persona, física o jurídica, la  que tiene que responder con sus bienes y solo en caso de insolvencia del titular es cuando se hace cargo de la deuda.

Diferencia de responsabilidad entre autónomo y pyme

Quedando claro que es el titular quien tiene que hacer frente al pago en primera instancia, un gran problema es la diferencia existente en responsabilidad entre empresa y autónomo.

La primera es una persona jurídica y la segunda una persona física, y por ello el límite de su responsabilidad es muy diferente.

En el caso de una empresa, si no puede devolver el préstamo solo responde con los bienes o patrimonio de la sociedad. Sus socios no tienen que responder con sus bienes. Si la compañía no tiene patrimonio suficiente, la entidad financiera ejecutará el aval del Estado.

En el caso de un autónomo, sí tiene que responder por la totalidad de su patrimonio personal, tanto sus bienes presentes como futuros. Por ello, no solo se ven amenazadas sus ganancias y salarios, sino también bienes tan importantes como su propia vivienda.

Moratoria en los pagos de los préstamos ICO

Ante esta situación que amenaza la viabilidad de negocios e incluso el patrimonio familiar de los autónomos, la primera alternativa es que todos los préstamos tuvieran una moratoria en el pago, en el que no se abone ni capital ni intereses.

Estos préstamos se comercializaron con un plazo de carencia de seis meses, iniciándose el pago este otoño, o de 12 meses, comenzando el pago en la primavera de 2021. Por eso, lo que piden diferentes asociaciones de pymes y autónomos es que en ambos casos se retrase el inicio de los pagos, adaptándose a las circunstancias que viven actualmente muchas empresas y negocios.

El único problema es que la garantía del Estado y, por tanto, las condiciones del préstamo se establecieron tras un acuerdo con la Unión Europea, por lo que hay que negociar con ella para cambiar sus condiciones.

Otras opciones para empresas y autónomos

Llegado este punto, si no se produce esta moratoria general o tarda en llegar, lo que se debe intentar siempre es no acumular impagos por las implicaciones señaladas, especialmente para los autónomos.

En este sentido siempre existe la opción de negociar con la entidad financiera de forma individual buscando una solución satisfactoria que evite que el préstamo entre en mora y se inicie una reclamación extrajudicial (con inclusión en un registro de impagados) o judicial, incrementándose con los costes de reclamación.

Todas las posibilidades derivan de analizar y determinar si el negocio de la pyme o el autónomo puede volver a ser viable una vez se regrese a unas circunstancias normales o cercanas a la normalidad.

Si no es así, las opciones se deben centrar en una liquidación ordenada del préstamo ICO, por ejemplo, negociando plazos más largos que den lugar a cuotas más bajas.

Si el negocio puede ser viable, se puede optar por otro tipo de soluciones como una financiación puente que permita hacer frente a las cuotas del préstamo ICO sin entrar en situación de impago.

En definitiva, la responsabilidad del pago de un préstamo ICO siempre recae primero en el titular del préstamo. La garantía del Estado, que fue en muchos casos determinante en su concesión, solo actúa en caso de insolvencia, no de impago. Y, por ello, los autónomos son mucho más vulnerables al quedar expuesto tanto sus ganancias presentes y futuras como su patrimonio personal.

Imágenes | Pexels / Andrea Piacquadio, Khwanchai Phanthong

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